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¿Cuáles son los requisitos para ingresar al Régimen Simplificado de Tributación?

¿Cuáles son los requisitos para ingresar al Régimen Simplificado de Tributación?

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La Dirección General de Impuestos Internos, más conocida por su sigla DGII¸ es la entidad encargada de organizar y regular la actividad impositiva en la República Dominicana. De ella dependen las normas y resoluciones que dan marco a la tributación en el país.

Uno de sus mayores esfuerzos radica en buscar disminuir la informalidad de la economía dominicana y, en ese sentido, una gran herramienta es el Régimen Simplificado de Tributación, una categoría pensada para los pequeños comerciantes, aquellos que suelen estar un poco relegados en el pago de los impuestos.

Para poder acogerse a esta alternativa, los comerciantes deben cumplir una serie de condiciones que demuestren que, efectivamente, son idóneos. A continuación, repasaremos dichos requisitos, según los publica la DGII en su website:

  1. “Tener actualizados, a la fecha de presentación de la solicitud, sus datos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Si es una persona jurídica deben estar actualizados las informaciones sobre el monto de capital, generales de los accionistas y beneficiario final, actividad económica y tipo societario, así como cualquier otro dato tendente a alterar el cumplimiento tributario.
  2. Si es un nuevo contribuyente, deberá realizar su incorporación en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y luego optar por acogerse al RST.
  3. Tener como cierre fiscal el 31 de diciembre.
  4. Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al momento de la solicitud.
  5. No encontrarse en proceso de fiscalización externa. 
  6. Que los ingresos brutos anuales no superen los ocho millones setecientos mil pesos (RD$ 8,700,000.00) para cada ejercicio fiscal, si opta por la modalidad de ingresos.
  7. Dedicarse a la comercialización de bienes y que el valor de las compras e importaciones totales no superen los cuarenta millones de pesos (RD$40,000,000.00) para cada ejercicio fiscal, si opta por la modalidad de compras.
  8. Ser residente en el país .
  9. Que no sea beneficiada por leyes de incentivo fiscal, si es Persona jurídica.
  10. Que en la composición accionaria o de socios no exista al menos uno que sea residente en el exterior.
  11. No tener como socio o accionista a otra Persona Jurídica.
  12. No ser socio o accionista a otra Persona Jurídica.
  13. La persona física o jurídica con participación accionaria en una o varias sociedades, cuyo límite de ingresos de forma consolidada exceda el tope máximo para acogerse, es decir tomando en consideración sus ingresos propios más los ingresos de la sociedad que le corresponden en proporción a su participación.
  14. No tener registrado inmuebles que no pertenezcan a su actividad comercial, si es Persona jurídica.
  15. Que la actividad económica registrada en el RNC o llevada a cabo en los hechos, no corresponda a una de las siguientes:
    • Venta y construcción bienes raíces y capitales inmobiliarios.
    • Fabricación de cigarrillos, combustible y bebidas alcohólicas.
    • Telecomunicaciones, seguros, financieros, pensiones y mercado de valores.
    • Realice actividades a través de fideicomisos o patrimonios autónomos”.

Como afirmamos, esta modalidad busca disminuir la informalidad, lo cual beneficiaría al Estado, a los contribuyentes registrados (porque permitiría distribuir la carga impositiva entre más comerciantes), y también a los mismos nuevos contribuyentes, porque podrían aprovechar los beneficios de estar llevando a cabo su actividad en regla, y aumentar la competitividad de sus servicios.

Escrito por Pablo Ortiz.

 

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