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En su más reciente aviso, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), ha confirmado que, los contribuyentes clasificados como Grandes Nacionales ya no podrán emitir comprobantes tipo “B” no electrónicos y deben adoptar exclusivamente facturas e-CF tipo E.
Esta medida fortalece el impulso hacia la transformación digital en República Dominicana y completa una etapa decisiva en el camino hacia una facturación más eficiente, segura y moderna.
Pero ¿qué significa el cambio para los Grandes Contribuyentes Nacionales?
Bajo lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento 587-24 (Ley 32-23), las secuencias de comprobantes no electrónicos tipo B quedarán vencidas el 31 de diciembre del 2025. Es decir que, a partir del 1 de enero de 2026, estos contribuyentes estarán obligados a emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), según lo declara la DGII.
Pero hay una excepción.
Solo en situaciones de contingencia, y bajo condiciones muy específicas (capítulo IX del reglamento), se permitirá usar comprobantes no electrónicos.
¿Qué se entendería por contingencia?
En este reglamento, se define que una contingencia ocurre cuando, por fallas técnicas o indisponibilidad del sistema, el contribuyente no puede emitir sus e-CF. En ese escenario, la DGII permite utilizar comprobantes físicos tipo “B” por un período máximo de 15 días calendario.
Una vez superada la contingencia, el contribuyente está obligado a emitir los e-CF sustitutos de esos comprobantes físicos dentro de un plazo de 30 días calendario, garantizando así que todas las operaciones queden registradas electrónicamente.
Hay que recordar que este mecanismo funciona como un respaldo temporal y excepcional; fuera de contingencia, los comprobantes no electrónicos no pueden ser utilizados por contribuyentes obligados a emitir e-CF.
Por otro lado, la DGII advierte que el no uso de la factura electrónica, tras vencido el plazo, puede llevar a sanciones por infracciones tributarias, de acuerdo con los numerales 1, 2, 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 16 del artículo 27, 28 y 29 según lo dispuesto en la Ley 32-23.
Y es que los últimos datos de la DGII, hasta la fecha, comprueban que ya se han emitido 1,217,812,117 comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).
Este volumen refleja no solo la aceptación del sistema, sino también la confianza creciente de las empresas dominicanas en una facturación totalmente digital, que también beneficia a sus clientes.
¿Cuáles son las ventajas de migrar a la Facturación Electrónica?
Créditos: Imagen de Drazen Zigic en Freepik
Adoptar la Facturación Electrónica no significa solo cumplir con una obligación legal, sino que trae ventajas tangibles.
Aquí te compartimos algunas de ellas:
- Reducción de costos: menos gasto en papel, tinta e impresión. Además del ahorro en almacenamiento físico, porque todo se gestiona digitalmente.
- Mayor eficiencia operativa: procesos administrativos más ágiles. Automatización de procesos, para dejarle más espacio a la estrategia.
- Seguridad y trazabilidad: los documentos e-CF se firman digitalmente (certificado digital), lo que garantiza integridad y validez legal, además de un correcto seguimiento de los documentos emitidos.
- Cumplimiento tributario: facilita la validación por parte de la DGII, reduce errores y minimiza riesgos de sanciones.
- Competitividad y escalabilidad: las empresas ganan agilidad y modernidad, lo cual envía un mensaje claro de vanguardia al mercado. Además, el sistema puede escalar, desde una pyme o emprendimiento, hasta una empresa multinacional, desde sin que el sistema de facturación sea una barrera.
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En este contexto, resulta evidente que las empresas deben prepararse con anticipación para asegurar una transición completa hacia la Facturación Electrónica.
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¡Cuando eres digital, claro que se nota!
Escrito por: Catalina Bonnet




