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Mucho hemos hablado de los beneficios de la digitalización para las organizaciones, empresas y emprendedores en la sociedad moderna, pero este proceso también es sumamente necesario para entidades gubernamentales, que deben ir actualizando los sistemas y prácticas para optimizarlos.
En el caso de Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), máximo ente tributario del país, ha decidido realizar esta necesaria transformación en el sistema impositivo colombiano, primero implementado la Facturación Electrónica, y ahora mediante la Nómina Electrónica.
En otro artículo de este blog te explicábamos que “El documento soporte de Nómina Electrónica respaldará los costos y descuentos en el impuesto y complementarios, e impuestos descontables en el IVA. Sirve para identificar pagos, abonos relacionados con la Nómina, derivados de una relación laboral, legal y reglamentaria, o pagos a pensionados. Se genera de manera independiente para cada uno de los beneficiarios de los abonos realizados”.
En esta ocasión queremos responder a una de las dudas más frecuentes: ¿estoy obligado a utilizar Nómina Electrónica? La respuesta está en el calendario de obligatoriedad que ha lanzado la DIAN. Si bien en otro momento eran otras las fechas, luego de algunas modificaciones, el calendario es el siguiente:
Grupo | Fecha inicio Habilitación | Fecha máxima para iniciar a expedir Nómina Electrónica | Número de Empleados | ||
Desde | Hasta | ||||
1 | 18/08/2021 | 1/09/2021 | Mas de 250 | ||
2 | 18/08/2021 | 1/10/2021 | 101 | 250 | |
3 | 18/08/2021 | 1/11/2021 | 11 | 100 | |
4 | 18/08/2021 | 1/12/2021 | 1 | 10 | |
De esta manera, el límite más tardío para empezar a expedir nómina electrónica, estaría trazado para el grupo 4, es decir, empresas con una plantilla de uno a diez empleados, que deberán adoptar este sistema a más tardar el 1 de diciembre de este año.
En GuruSoft, hemos desarrollado el software eDoc Nómina, para que puedas cumplir con este nuevo direccionamiento de la DIAN y sobre todo, para agilizar las actividades operativas de las áreas relacionadas con este proceso. Para más información accede a este link: https://edocnomina.com/.
Escrito por Pablo Ortiz