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En junio de 2025, la Dirección General de Ingresos (DGI) emitió la Resolución No. 201-4488, mediante la cual se fijó la obligación de actualizar el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
El plazo se estableció hasta el 31 de diciembre de 2025, como mencionábamos en un anterior blog, tiempo suficiente para que tanto personas naturales como jurídicas revisen sus datos, completen los campos obligatorios y los mantengan alineados con el Registro Público de Panamá.
¿Qué es el Registro Público de Panamá?
Cumple una labor fundamental en la seguridad jurídica del país, al garantizar la publicidad, autenticidad y legalidad de los actos y derechos inscritos. Su función se refleja especialmente en materia de bienes inmuebles, personas jurídicas y otros actos registrales, ofreciendo certeza a ciudadanos, empresas e inversionistas sobre la validez de la información inscrita.
Es decir, que este registro funciona como la fuente oficial de información legal de cada empresa. Por eso, la DGI compara los datos del RUC con lo que aparece en el Registro Público, si no coinciden, se considera una inconsistencia que puede derivar en la suspensión del RUC.
Esta medida se adoptó como parte de un esfuerzo por garantizar que la base de datos tributaria sea más precisa y confiable, evitando omisiones o registros incompletos.
¿Qué dice el comunicado por parte de la entidad tributaria?
Este 25 de septiembre de 2025, la DGI publicó un nuevo comunicado oficial, en cumplimiento de la Resolución No. 201-7109 del 1 de septiembre de 2025, como veníamos hablando, donde anuncia la suspensión automática de las personas jurídicas que presentan alguna de estas dos situaciones:
→ Duplicidad de RUC: cuando una misma empresa aparece con más de un registro.
→ RUC sin correspondencia en el Registro Público: casos en los que los datos no coinciden con lo inscrito oficialmente.
📌 Ojo → La suspensión implica que el RUC queda inhabilitado en la plataforma e-Tax 2.0, limitando así la posibilidad de realizar trámites y declaraciones en línea, según indica la entidad.
Asimismo, para un mejor seguimiento, la autoridad tributaria ha compartido las listas de personas jurídicas que presentaron deficiencias en la información de su registro, sea por RUC con duplicidad o por RUC no identificados en el Registro Público. Para consultar los listados, ingresa aquí.
¿Por qué es tan importante esta actualización?
Recordemos que el RUC funciona como la “identificación tributaria” de una empresa. Tenerlo actualizado no solo es un requisito legal, también facilita:
🗸 El acceso a trámites en línea en e-Tax 2.0.
🗸 La relación con bancos, clientes y proveedores.
🗸 La transparencia y credibilidad ante las autoridades fiscales.
Cuando los datos no coinciden o aparecen duplicados, se generan vacíos que afectan tanto al contribuyente como a la administración tributaria.
¿Cómo realizar la actualización?
El proceso es sencillo si se organiza con anticipación:
- Revisa la información en el Registro Público. Verifica que tu sociedad tenga los datos correctos y actualizados.
- Ingresa a la plataforma e-Tax 2.0. Allí puedes completar o corregir la información asociada a tu RUC.
- Revisa cuidadosamente la información antes de enviar.
No cumplir con la actualización puede traer efectos inmediatos:
- Suspensión del RUC, lo que limita el acceso a trámites en línea.
- Multas, según lo establecido en el Código de Procedimiento Tributario, que oscilan entre B/. 100 y B/. 500.
- Retrasos en operaciones, ya que bancos o socios pueden exigir un RUC activo y válido.
Más que una sanción, esta iniciativa se enmarca en el compromiso de la DGI por fortalecer la transparencia y modernizar la administración tributaria en el país.
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Escrito por: Catalina Bonnet