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Costa Rica es uno de los países pioneros en la adaptación de la factura tradicional a una digital en Centroamérica.
Fue en el año 2017 que inició un plan piloto para grandes contribuyentes (como suele ser en la mayoría de los países), para pasar por esta transición.
Luego de comprobar el éxito de esta etapa, en 2018 se inició con el periodo de obligatoriedad en el uso de este sistema.
La emisión de facturas electrónicas, así como también la recepción, que han adoptado algunos contribuyentes, se han vuelto parte del día a día no solo de personal encargado de la facturación o de emprendedores, sino también de otras áreas de la empresa y, sobre todo, de los clientes, quienes transaccionan en este mundo digital.
Hoy, luego de 8 años y algunas actualizaciones en el camino, llega una nueva, la Resolución General MH-DGT-RES-0027-2024, que dispone varias consideraciones técnicas.
En un principio estaba definido el periodo de junio del 2025 para su puesta en marcha, pero según la circular CP-08-2025, se extendió para el 1 de septiembre del mismo año, si bien los contribuyentes podían comenzar a utilizarla anticipadamente, desde el 1 de abril.
Este será un paso clave en una etapa posterior, la implementación del prellenado de declaraciones autoliquidativas, que estará disponible desde el año 2026.
Principales cambios en los comprobantes electrónicos (versión 4.4)
Este reglamento, que también tiene por objetivo agilizar los procesos y hacer más eficientes las transacciones electrónicas, traen los siguientes cambios, a los cuales todos los contribuyentes deben estar muy pendientes:
- Se incluye el recibo electrónico de pagos, un documento que registrará las transacciones que conlleven pagos parciales en las ventas a crédito o aquellas con pago diferido.
- Modificaciones en campos como el código CABYS, modificando el campo código. Se ajustará la condición del nodo “Identificación del receptor” en factura electrónica de exportación a obligatoria.
- Si el emisor o receptos de un comprobante electrónico no lo confirma en el plazo definido por la entidad tributaria, la aceptación del mismo será tácita.
- Uno de los puntos más relevantes de esta versión es que se garantizará el acceso y uso de comprobantes electrónicas en las comunidades indígenas. Esto es un hito, puesto que formarán parte del sistema tributario, ahora en el ámbito digital.
- Hay nuevas especificaciones en los códigos de pago como el Código 09, de pagos de servicios al Estado. Solo podrá emplearse en Recibos Electrónicos de Pago que cancelan una factura electrónica original con código 08.
- Se añaden identificaciones para extranjeros no domiciliados y no contribuyentes.
- Las facturas ahora incluirán la actividad económica del receptor.
Para conocer más cambios propuestos en las Estructuras XML y Anexos versión 4.4, da clic aquí.
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Hemos actualizado a nuestros clientes en todo lo dispuesto por cada resolución publicada por el Ministerio de Hacienda y siempre estamos a la vanguardia de las últimas novedades, para que no existan retrasos en la facturación.
Lo haremos porque sabemos que, si un sistema de facturación está al día, no detendremos el avance de las ventas.
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Para complementar esta lectura, te invitamos a leer cuáles son los estados de una factura electrónica y ¿cómo será la contabilidad del futuro?
Escrito por: Alex Morán Navia